mayordomía.

Quedan reguladas las funciones del equipo de mayordomía en las Reglas 57ª y 58ª de las que gobiernan nuestra Corporación. Bajo estas premisas, es función principal, la de custodiar y administrar el patrimonio de nuestra Corporación, teniendo limitada la disponibilidad del mismo a acuerdos de Junta de Gobierno o de Cabildo General según sea la cuantía del bien. De igual modo, es responsable de la gestión ordinaria de la Hermandad debiendo atender los pagos necesarios para un correcto funcionamiento, y quedando limitada a acuerdos de Junta de Gobierno o incluso de Cabildo General para el caso de necesidades extraordinarias, igualmente limitadas por la cuantía ( Reglas 42ª y 50ª).
Debe responsabilizarse también, del régimen económico de la corporación, recaudando y custodiando los donativos con que los hermanos nutren de medios económicos para la administración y gobierno de la Corporación.
La Hermandad de la Candelaria se encuentra acogida a la Ley 49/2002 de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, por ello podrá beneficiarse fiscalmente por la realización de su donativo. Para mayor comodidad, puede domiciliar sus donativos cumplimentando todos los campos del siguiente formulario:

Descarga Domiciliacion SEPA 


Para mayor información, puede contactar:


Real, Imperial, Ilustre y Fervorosa Hermandad del Santísimo Sacramento, Ánimas Benditas, Nuestra Señora del Subterráneo y Cofradía de Nazarenos de Nuestro Padre Jesús de la Salud, María Stma. de la Candelaria y Señor San Nicolás de Bari.
Parroquia de San Nicolás de Bari y Santa María la Blanca C/ Federico Rubio, 4 - 41004 Sevilla.
Tlf: 954 22 68 69